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Chile
Chile: ley de violencia intrafamiliar
Qué esperar de la nueva ley de violencia intrafamiliar Además de la creación del delito de maltrato habitual y del establecimiento de sanciones penales a la violencia intrafamiliar, la Ley del 2005 establece otra serie de modificaciones: (1) Se amplía la conducta de violencia intrafamiliar a toda acción que se ejecute en contra de un individuo con el que se mantenga o haya mantenido una relación de convivencia, incluyendo los menores de edad o las personas con discapacidad que estén al cuidado o bajo dependencia de cualquier integrante del grupo familiar. (2) Se crea un registro especial de las personas que hayan sido condenadas como autores de violencia intrafamiliar. El proyecto de ley encarga esta labor al Registro Civil y de Identificación. (3) Se establecen sanciones accesorias que el tribunal podrá aplicar en forma complementaria a la pena: obligación de abandonar el hogar que comparte con la víctima, prohibición de portar o tener armas de fuego y la asistencia obligatoria a programas terapéuticos o de orientación familiar. Durante los últimos años, al igual que en otros lugares del mundo, en Chile se ha ido produciendo una paulatina visibilización de la violencia contra las mujeres, que se expresa en la cobertura que hoy tienen en los medios de comunicación crímenes antes denominados “pasionales”, hoy más precisamente catalogados como femicidios. Caracterizar el femicidio como “crimen pasional”, lo circunscribe a un ámbito personal, negando su calidad de fenómeno social, y apoya la existencia de atenuantes para su juzgamiento, como son el actuar dominado por la pasión, fuera de sí, sin control de sí mismo. De acuerdo a la definición de Naciones Unidas, el femicidio es el asesinato de mujeres como resultado extremo de la violencia de género que ocurre tanto en el ámbito privado como en el espacio público. Comprende aquellas muertes de mujeres a manos de sus parejas, ex parejas o familiares, asesinadas por acosadores, agresores sexuales y/o violadores, así como aquellas que trataron de evitar la muerte de otra mujer y quedaron atrapadas en la acción del femicida. El estudio “Femicidio en Chile”, realizado por Soledad Rojas, Camila Maturana y Gloria Maira, investigadoras del área de Ciudadanía y Derechos Humanos de la Corporación La Morada, reveló que a lo menos 84 mujeres fueron víctimas de femicidio entre los años 2001 y 2002. Estos crímenes representan la mitad de los homicidios de mujeres identificadas. La mayoría de estas mujeres habían sufrido maltrato y muchas de ellas habían denunciado las amenazas de las que eran víctimas. Aún así, fueron asesinadas y claramente las medidas legales de protección, cuando las hubo, no bastaron para impedir los crímenes. Existen fundamentos para pensar que a partir de esta nueva ley de violencia intrafamiliar se abre una expectativa de cambio. El nuevo instrumento reemplaza a la ley 19.325 de 1994, constituyéndose como mecanismo de protección más comprehensiva de la realidad de violencias que sufren las mujeres en el ámbito familiar. A partir de este mes, en los casos de lesiones producto de violencia intrafamiliar, la justicia penal tendrá que imponer siempre una sanción con un grado mayor a la lesión correspondiente. Con esta nueva ley el Estado está dando una fuerte señal en el sentido de sancionar la violencia intrafamiliar con más dureza que la delincuencia común. Como plantea una de las autoras del proyecto de ley, la diputada María Antonieta Saa (PPD), “es una tremenda señal a la ciudadanía y a las mujeres, de que van a ser realmente protegidas, que van a poder ir a los tribunales, que van a dictarse medidas de protección que, si se rompen, implican detención por desacato, y donde se van a sancionar con un grado más todos los maltratos y actos de violencia intrafamiliar”. Publicada em: 06/10/2005 |