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Depois da descriminalização

El Ministerio de la Protección Social, dio a conocer la Línea Base sobre Salud Sexual y Terminación Voluntaria de Embarazo de Mujeres y Hombres, investigación realizada a través de DDB World Wide Colombia y Gloria Gallego Sigma Dos Colombia, que ayuda a comprender el panorama nacional frente a la despenalización del aborto en tres casos (violación o inseminación artificial no consentida, cuando el feto tiene alguna malformación que le impide vivir fuera del útero, o cuando está en riesgo la vida o la salud de la mujer).

 Esta es la primera encuesta nacional que indaga el tema del aborto en el país después del estudio de la Universidad Externado de Colombia “El aborto inducido en Colombia: características demográficas y socioculturales”, publicado en 1999.

El Informe está basado en 5.700 encuestas aplicadas a hombres y mujeres en edad reproductiva (entre 15 y 55 años) en las 33 capitales de los departamentos del país. En el marco de una estrategia de comunicación nacional sobre Derechos Sexuales y Reproductivos y sobre el fallo de la Corte Constitucional sobre la despenalización del aborto, el Ministerio quería conocer el panorama sobre esta cuestión, para orientar las acciones en materia educativa y de atención en Salud Sexual y Reproductiva y en la prestación de los servicios de Interrupción Voluntaria del Embarazo.

Uno de los principales objetivos fue evaluar el nivel de conocimiento y uso que las mujeres y los hombres en edad reproductiva tienen de los servicios sobre Salud Sexual y Reproductiva que ofrecen las entidades de salud, particularmente sobre el servicio de Interrupción Voluntaria del Embarazo. A su vez se buscaba identificar las expectativas y sugerencias que tendrían los entrevistados, para facilitar el uso de los servicios de Salud Sexual y Reproductiva.

A continuación destacamos algunos resultados de este estudio, especialmente en lo relativo a la Interrupción Voluntaria del Embarazo.

Los datos generales

La declaración de aborto inducido es muy baja (4%) en relación con proyecciones que se han hecho y con el estudio de la Universidad Externado de Colombia en el que se dice que “el 22.9% de las mujeres entre 15 y 55 años, expresó haber tenido por lo menos una experiencia de aborto inducido”. Sin embrago, esta línea de base se concentra en otros aspectos del problema. Algo común a los dos estudios es el poco peso que tiene la ilegalidad en la decisión de interrumpir o no un embarazo, ya que las explicaciones sobre el desacuerdo responden a argumentos de orden moral.

Un resultado interesante es el alto porcentaje de personas que están de acuerdo con la sentencia de la Corte Constitucional, teniendo en cuenta además que el porcentaje restante incluye el desacuerdo y las posiciones intermedias o que relativizan los casos: un 32% del total de la muestra entrevistada conoce correctamente la sentencia, ya sea partes de ésta o en forma completa. Así mismo, los datos evidencian que el conocimiento de la sentencia aumenta en la medida que hay una mayor escolaridad de los encuestados.

“Por otra parte, llama la atención que la capital del país evidencie niveles de conocimiento de la sentencia menores que ciudades como Santa Marta, al igual que las ciudades principales del país figuran con bajos niveles de conocimiento de la misma (Medellín, Cali, Barranquilla)”, dice el texto de la encuesta. “En términos de aceptación de la sentencia, se evidencia que la mitad de los entrevistados (52%) muestra un acuerdo frente a ésta en términos generales, un 35% de la muestra manifiesta una posición en contra de la Interrupción Voluntaria del Embarazo por sus creencias ya sean éstas de carácter religioso o del rol de la mujer en la sociedad”.

Las diferencias en el grado de aceptación con relación a los diferentes casos despenalizados

Si bien la Interrupción Voluntaria del Embarazo tiene un grado significativo de acuerdo, es notable la existencia de diferencias marcadas cuando se hace la pregunta en relación con cada caso. Éstas dicen mucho del campo discursivo en el que se mueven las opiniones favorables a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, dado que existe más acuerdo sobre las malformaciones fetales incompatibles con la vida que sobre los casos de violación o en los que está en peligro la vida de la mujer.

Según los resultados, el 41% de la muestra de entrevistados considera necesario el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo en casos violación. Asimismo, el 35% no está de acuerdo con ella por violación, siendo que “el 81% considera que la vida es sagrada y que sólo Dios puede disponer de la vida de las personas. Por lo tanto, se evidencia una clara posición religiosa que determina este rechazo”, expresa el estudio. En lo que respecta a la Interrupción Voluntaria del Embarazo por malformación del feto, el 57% del total de la muestra manifiesta su acuerdo.

Como vemos, se observa que el mayor grado de aceptación de la población está relacionado con la Interrupción Voluntaria del Embarazo por razones de malformación incompatible con la vida (57%), frente a los casos de peligro para la vida de la madre (44%), violación (41%) e inseminación artificial sin consentimiento (33%).

Con respecto al campo discursivo en el que se mueven las opiniones favorables, la intención es la de evaluar la importancia que tienen los derechos humanos y la equidad de género en el seno de esta discusión. Al parecer estos tópicos no son los que encabezan las argumentaciones de las personas que manifiestan estar de acuerdo con la despenalización: “en la comprensión de los encuestados, no parece haber una conexión obvia en la manera en que la Interrupción Voluntaria del Embarazo representa un avance en los derechos de la mujer (46% hace esta relación). Pareciera que no es explícito cómo esta sentencia defiende el derecho a la vida, la libertad, el libre desarrollo de la personalidad, la privacidad o intimidad, la igualdad, la integridad personal, la salud y la autonomía reproductiva de la mujer”, expresan los responsables de la investigación. Por este motivo, la campaña de comunicación que será lanzada deberá enfrentar el reto de transmitir la filosofía jurídica que sustenta la sentencia como posibilidad de ejercer una serie de derechos que le permitan a las mujeres continuar o interrumpir la gestación en los casos previstos por tal sentencia.

De hecho, existe mayor aceptación de los hombres que de las mujeres en todos los casos, excepto el de inseminación no consentida. Ante la pregunta: ¿usaría usted el servicio de Interrupción Voluntaria del Embarazo en caso de violación?, el 39% de las mujeres y el 49% de los hombres respondieron afirmativamente; malformación del feto, mujeres 55%, hombres 63%; peligro para la vida de la mujer, mujeres 41%, hombres 56%; inseminación no consentida, mujeres 40%, hombres 30%. El caso de inseminación no consentida parece ser el menos conocido; es así como la segunda respuesta más frecuente para el acuerdo o desacuerdo frente a este caso, es “no sé” (acuerdo: 19%, desacuerdo: 24%). Esto permite inferir que los entrevistados no logran entender en qué situaciones se presenta la inseminación sin consentimiento. Adicionalmente, algunos manifiestan no comprender el significado de estos términos.

Frente al desacuerdo en relación con la Interrupción Voluntaria del Embarazo cuando está en riesgo la vida de la madre, observamos que el argumento mayoritario alude a “la vida es sagrada/todos tenemos derecho a vivir” (31%) y “por los hijos se debe dar la propia vida” (26%). Sin embargo, este último motivo, presenta diferencias significativas entre hombres (12%) y mujeres (28%). Para los hombres parece ser más importante la vida de la mujer que para ellas mismas. Estas respuestas también muestran la permanencia de una fuerte representación social sobre el carácter sacrificial que deben tener las mujeres en relación con la reproducción y la maternidad, y en la que la vida de la mujer tiene menor valor que la del no nacido.

Con respecto al caso de malformaciones que hagan inviable la vida extrauterina del feto, el motivo de mayor aceptación por parte de los encuestados, parece prestarse a confusión ya que cuando se pregunta en detalle, las personas aluden a malformaciones de todo tipo.

Los detalles del procedimiento: objeción de conciencia, trámites y requisitos

Otro dato relevante de la investigación es la desinformación existente sobre los trámites legales y médicos para que las mujeres accedan a un proceso de Interrupción Voluntaria del Embarazo en los casos despenalizados. El 81% no sabe qué trámites realizar y un segmento importante piensa que se requiere una mayor cantidad de exigencias de las que realmente exige la norma (especialmente en el caso de la violación), como permisos de la pareja o de la familia, certificados de medicina legal o pruebas sobre la violación. La reglamentación es clara al exponer que en los casos relacionados con la salud (de la madre o del feto) se requiere de certificación médica; en el caso de violación sólo se requiere la denuncia, siendo que el permiso de los padres es sólo para menores de 14 años de edad.

La cuestión de la objeción de conciencia, que levantó diversos debates y que se ha convertido en uno de los obstáculos para acceder al servicio, también tuvo un lugar en la encuesta. Los resultados muestran que el asunto se presta a confusión:

“El 59% de los entrevistados considera que el personal médico tiene la posibilidad de la objeción de conciencia frente a la ejecución de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Sin embargo, es importante señalar que esta certeza no se relaciona con la comprensión de la sentencia, ya que un 54% de los que están a favor manifiesta no conocerla”.

El 84% considera que si el médico se niega a realizar la Interrupción Voluntaria del Embarazo “debe ofrecerle otras opciones al paciente, principalmente mostrándole otras alternativas, como la adopción (32%), consejos para no interrumpir el embarazo (29%) y orientación emocional y psicológica (32%). Sin embargo, solamente un 12% de los entrevistados sabe correctamente cuál es la opción que debe dar el médico en caso de que ejerza la objeción de conciencia”.

El párrafo anterior muestra dónde reside la confusión. Según la reglamentación, lo único que debe hacer un médico que objeta es remitir a la mujer a otro especialista y no incidir de ninguna manera en su decisión. La objeción de conciencia es un recurso de los individuos y no de las instituciones, por lo tanto un hospital no puede ser objetor de conciencia y debe disponer de personal que pueda efectuar los procedimientos de Interrupción Voluntaria del Embarazo. En lugares alejados donde haya sólo un profesional de salud, éste está obligado a atender los casos.

A partir de los resultados de la investigación es posible identificar otro tema fundamental de la campaña comunicativa y de las acciones educativas del Estado: es necesario difundir información precisa sobre la objeción de conciencia y sobre los trámites requeridos para acceder a una Interrupción Voluntaria del Embarazo, ya que esta desinformación obstaculiza el acceso efectivo de las mujeres a servicios seguros y respetuosos para interrumpir sus embarazos en los casos previstos por la sentencia de la Corte Constitucional y reglamentados en el Decreto 4444 de 2006 del Ministerio de la Protección Social.

Además de los datos presentados, este estudio contiene información clave para orientar acciones públicas tendientes al acceso a servicios seguros y de calidad en relación con la Interrupción Voluntaria del Embarazo, así como acciones comunicativas para transmitir el marco de los Derechos Sexuales y Reproductivos a la población en general, marco en el que se suscribe la Interrupción Voluntaria del Embarazo según la sentencia de la Corte:

“Imponerle a la mujer el rol de ser exclusivamente reproductivo constituye una discriminación y en consecuencia una violación de su derecho a la igualdad. Penalizar el aborto consentido por la mujer es considerarla sólo como maquina reproductora, olvidando que ella puede querer y decidir otras cosas para su vida”

“Le está vulnerando de manera enorme su libre desarrollo de la personalidad al no poder determinar su proyecto de vida, al no poder actuar respecto a sus propios valores, al no poder ser digna consigo misma”

Publicada em: 10/10/2007

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