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Chile
Gobierno hace positivo balance de ley de acoso sexual a un año de vigencia
La normativa define el acoso como una conducta unilateral, física o verbal, de carácter sexual, no consentida por la persona requerida y que le produzca o amenace con producirle un perjuicio a su salud, en sus oportunidades de empleo o en su situación laboral. Publicada em: 13/02/2006 |