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Colombia
Pensión a parejas homosexuales. Principio de equidad social
La pareja homosexual que demuestre haber sido compañero o compañera permanente de un pensionado al momento de su muerte, puede reclamar los beneficios de la pensión de sobrevivientes, tal como sucede con los matrimonios o las uniones de hecho de las parejas heterosexuales, concluyó el procurador general de la Nación, Edgardo Maya Villazón. Publicada em: 08/08/2006 |